La Sentencia T-345 de 2025 de la Corte Constitucional reabrió el debate sobre el actuar estatal durante las protestas sociales en Colombia, tras reconocer fallas judiciales y posibles vulneraciones de derechos humanos en el caso de Cristian Andrés Pulido, estudiante lesionado durante una intervención del ESMAD en la Universidad del Tolima en 2015.
La Corte Constitucional volvió a poner sobre la mesa el debate sobre el tratamiento estatal a la protesta social en Colombia tras emitir la Sentencia T-345 de 2025, decisión que revisa el caso de Cristian Andrés Pulido, estudiante de la Universidad del Tolima gravemente herido durante una intervención del ESMAD el 9 de junio de 2015.
El alto tribunal concluyó que las decisiones judiciales emitidas anteriormente dentro del proceso de reparación directa incurrieron en fallas probatorias y prejuicios que terminaron afectando el derecho al debido proceso de la víctima y su familia. La sentencia también advierte sobre prácticas de revictimización y estigmatización contra quienes participan o documentan protestas sociales.
Los hechos ocurrieron durante una jornada de conmemoración del Día del Estudiante Caído en la Universidad del Tolima, cuando integrantes del entonces Escuadrón Móvil Antidisturbios ingresaron al campus para dispersar manifestaciones y enfrentamientos registrados al interior de la institución.
Según el expediente revisado por la Corte, Cristian Andrés Pulido ingresó ese mismo día al Hospital Federico Lleras Acosta con trauma craneoencefálico severo y exposición de tabla ósea. Posteriormente permaneció varios días en cuidados intensivos bajo ventilación mecánica invasiva debido a la gravedad de las lesiones sufridas.
Años después, Medicina Legal estableció que el joven presenta un trastorno neurocognitivo irreversible derivado del trauma cerebral, mientras que la Junta Regional de Calificación de Invalidez determinó una pérdida de capacidad laboral superior al 34 %.
En su análisis, la Corte Constitucional cuestionó que los jueces administrativos hubieran exigido pruebas directas imposibles de obtener en medio de un contexto de confrontación y protesta social. Además, advirtió que no se aplicaron estándares de flexibilización probatoria frente a una posible grave violación de derechos humanos.
La Sala Octava de Revisión también señaló que existieron apreciaciones judiciales basadas en prejuicios relacionados con el activismo estudiantil y la presencia de defensores de derechos humanos en escenarios de protesta, lo que, según el fallo, terminó debilitando la valoración imparcial del caso.
Uno de los puntos más fuertes de la decisión judicial es el llamado de atención realizado al Tribunal Administrativo del Tolima y al Juzgado Primero Administrativo Oral de Ibagué, instándolos a no repetir actuaciones que minimicen posibles violaciones de derechos humanos ni reproduzcan estigmatizaciones contra las víctimas.
La Corte dejó sin efectos la sentencia emitida en segunda instancia y ordenó al Tribunal Administrativo del Tolima emitir una nueva decisión teniendo en cuenta los estándares constitucionales sobre protesta social, derechos humanos y distribución de la carga probatoria en este tipo de procesos.
La Sentencia T-345 de 2025 se convirtió en un nuevo referente jurídico sobre el tratamiento estatal a la protesta social en Colombia y reabre el debate nacional sobre el uso de la fuerza, la estigmatización de los movimientos estudiantiles y la responsabilidad institucional frente a hechos ocurridos en escenarios de movilización ciudadana.
Caso Cristian Pulido revive debate sobre el uso de la fuerza en la UT
La reciente revisión judicial del caso de Cristian Andrés Pulido volvió a poner en el centro del debate los hechos ocurridos en junio de 2015 en la Universidad del Tolima, cuando un operativo del ESMAD dejó varios estudiantes heridos durante una jornada de conmemoración del Día del Estudiante Caído. Organizaciones estudiantiles y defensores de derechos humanos insisten en que hubo abuso de la fuerza y violación de la autonomía universitaria.
La situación ocurrida en la Universidad del Tolima en junio de 2015 volvió a generar debate público luego de conocerse nuevos pronunciamientos judiciales relacionados con el caso de Cristian Andrés Pulido Jiménez, estudiante de Licenciatura en Ciencias Sociales que resultó gravemente herido durante un operativo del entonces Escuadrón Móvil Antidisturbios, ESMAD.
Los hechos se registraron los días 9 y 10 de junio de ese año, en medio de actividades culturales y conmemorativas realizadas por estudiantes universitarios durante el Día del Estudiante Caído, una fecha históricamente vinculada a la memoria de las movilizaciones estudiantiles en Colombia.
De acuerdo con los testimonios recopilados en la época por organizaciones estudiantiles y defensores de derechos humanos, el ingreso del ESMAD al campus universitario generó enfrentamientos, uso de gases lacrimógenos, detonaciones y múltiples personas lesionadas dentro de las instalaciones de la Universidad del Tolima.
Cristian Andrés Pulido, quien para ese momento integraba procesos estudiantiles y realizaba labores de documentación fotográfica, sufrió un trauma craneoencefálico severo que obligó a su traslado urgente al Hospital Federico Lleras Acosta de Ibagué, donde permaneció varios días en la Unidad de Cuidados Intensivos.
Años después, Medicina Legal determinó que el joven presenta secuelas neurocognitivas irreversibles derivadas de las lesiones sufridas durante los hechos, mientras que la Junta Regional de Calificación de Invalidez estableció una pérdida de capacidad laboral superior al 34 %.
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-345 de 2025, concluyó que dentro del proceso judicial adelantado por la familia de Pulido existieron fallas en la valoración probatoria y cuestionó que las autoridades judiciales no aplicaran estándares reforzados para casos relacionados con posibles violaciones de derechos humanos durante protestas sociales.
En la decisión, el alto tribunal también advirtió sobre expresiones judiciales que, según la Corte, terminaron minimizando el papel de defensores de derechos humanos y observadores estudiantiles presentes en escenarios de protesta, lo que podría constituir formas de revictimización institucional.
Diversos sectores estudiantiles del Tolima han insistido en que lo ocurrido en la Universidad del Tolima representa uno de los episodios más sensibles relacionados con el manejo de la protesta social en la región. Además, han solicitado garantías para el ejercicio de la movilización y el respeto a la autonomía universitaria.
Por su parte, organizaciones sociales y colectivos juveniles recordaron que durante esas jornadas también se reportaron estudiantes lesionados, capturas y denuncias sobre uso excesivo de la fuerza dentro del campus universitario, situación que generó múltiples manifestaciones y plantones de rechazo en Ibagué.
La decisión de la Corte Constitucional reabre ahora el debate nacional sobre el papel de la fuerza pública en escenarios de protesta, el tratamiento judicial de las víctimas y la necesidad de fortalecer mecanismos de protección para estudiantes, defensores de derechos humanos y ciudadanos que documentan posibles abusos durante movilizaciones sociales.





