El Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué declaró improcedente la tutela presentada por el exdirector de Servicios Públicos de Cajamarca, Jaiver Arturo Pachón Reina, y concluyó que las publicaciones del concejal Cristian Alexander Murillo estaban amparadas por la libertad de expresión y sustentadas en información oficial de la Procuraduría.
El Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Ibagué emitió un fallo a favor del concejal de Cajamarca Cristian Alexander Murillo Ochoa, luego de declarar improcedente la acción de tutela instaurada por el exdirector de la Unidad de Servicios Públicos del municipio, Jaiver Arturo Pachón Reina.
La controversia surgió después de que Murillo publicara en sus redes sociales varios señalamientos sobre el nombramiento de Pachón Reina dentro de la administración municipal encabezada por Camilo Valencia. Según el cabildante, la designación del funcionario sería presuntamente ilegal debido a posibles inhabilidades vigentes.
En el desarrollo del proceso judicial, el concejal argumentó que sus declaraciones correspondían al ejercicio legítimo del control político y estaban sustentadas en documentos oficiales y actuaciones públicas de organismos de control. Esa postura fue acogida por el despacho judicial al analizar el caso.
El juez determinó que las publicaciones cuestionadas estaban protegidas por el derecho a la libertad de expresión y que no existía una vulneración de derechos fundamentales contra Pachón Reina. Además, consideró que las afirmaciones realizadas por Murillo se basaban en información previamente divulgada por la Procuraduría General de la Nación.
Dentro del fallo se indicó que las publicaciones replicaban datos oficiales difundidos en la página web de la Procuraduría, situación que posteriormente fue confirmada por el propio ente de control durante el trámite constitucional adelantado ante el juzgado.
Uno de los aspectos que más llamó la atención del caso fue la confirmación de la formulación de un pliego de cargos disciplinarios contra Pachón Reina. Según lo expuesto por la Procuraduría, el exfuncionario habría aceptado y ejercido un cargo público en 2024 pese a encontrarse presuntamente inhabilitado.
De acuerdo con la información revelada dentro del proceso, la presunta inhabilidad estaría relacionada con una condena penal impuesta en 2011, cuando Pachón Reina fue sentenciado a 13 años de prisión por el delito de tortura agravada. También se mencionan antecedentes por lesiones personales en concurso homogéneo.
El fallo judicial concluyó que las expresiones realizadas por el concejal se dieron dentro de un debate de interés público y bajo el marco del control político que ejercen los miembros de corporaciones públicas. Por ello, el despacho decidió negar las pretensiones de la tutela y respaldar la legalidad de las publicaciones realizadas por Murillo.





