El Ministerio de Transporte implementará medidas especiales de movilidad desde el viernes 26 hasta el lunes 29 de junio de 2026 para vehículos con capacidad igual o superior a 3.4 toneladas, buscando optimizar la seguridad y el flujo de los viajeros.
Las autoridades viales colombianas confirmaron el inicio de un plan especial de movilidad enfocado en regular el tránsito de vehículos pesados durante este próximo fin de semana largo. La medida, fundamentada bajo el marco de la Resolución 002307 del 12 de agosto de 2014, afectará de forma directa a los automotores que posean una capacidad de carga igual o superior a las 3.4 toneladas. Este ordenamiento se aplicará estratégicamente en las principales arterias del país para agilizar la salida y retorno masivo de los ciudadanos. Según los reportes oficiales detallados, la restricción cubrirá decenas de corredores nacionales clave para evitar congestionamientos severos.
El cronograma operativo de este dispositivo de tránsito arrancará formalmente este viernes 26 de junio de 2026, con un horario estipulado desde las 14:00 hasta las 22:00 horas. Durante esta primera jornada, las limitaciones se concentrarán especialmente en las rutas de salida del departamento de Cundinamarca, aplicando únicamente en el sentido de éxodo desde la capital Bogotá D.C. Asimismo, la restricción operará en ambos sentidos para los estratégicos corredores que conectan las ciudades de Bogotá, Fusagasugá, Melgar e Ibagué. De igual manera, se incluirá el importante tramo que comprende Ibagué, Cajamarca, Calarcá, La Tebaida y La Paila.
Para el sábado 27 de junio de 2026, las autoridades han dispuesto que la restricción de carga inicie de forma temprana, operando desde las 06:00 hasta las 15:00 horas. Esta ventana de tiempo aplicará en la gran mayoría de las vías nacionales enunciadas por el Boletín Estratégico de Seguridad y Movilidad, en ambos sentidos de circulación. Las únicas excepciones registradas para esta jornada sabatina corresponden a la vía perimetral que une a Rumichaca, Pasto, Mojarras y Popayán. Por otra parte, la ruta entre Medellín y el Cruce Ruta 45 (Caño Alegre) tendrá un horario diferenciado, aplicando en ambos sentidos desde las 12:00 hasta las 19:00 horas según la entidad.
El domingo 28 de junio de 2026, la dinámica de control se concentrará principalmente en facilitar el retorno anticipado de algunos viajeros hacia el centro de la República de Colombia. El horario establecido por la Policía de Tránsito y el Ministerio de Transporte para este día irá desde las 15:00 hasta las 23:00 horas. Es fundamental destacar que esta restricción dominical no será generalizada, sino que aplicará exclusivamente en un sentido vial específico. Las tractomulas y camiones grandes no podrán circular en la ruta con sentido Ibagué – Melgar – Fusagasugá – Soacha – Bogotá, garantizando así un carril seguro para vehículos particulares.
El cierre de este puente festivo, correspondiente al lunes 29 de junio de 2026, contará con la restricción más severa debido al alto volumen de vehículos de regreso. Los controles se activarán desde las 10:00 hasta las 23:00 horas en todos los corredores viales estipulados a nivel nacional, cubriendo ambos sentidos. La única vía exceptuada de este régimen totalitario de fin de semana será la ruta Rumichaca – Pasto – Mojarras – Popayán. Sin embargo, el corredor Bogotá – Villavicencio – Acacías mantendrá una prohibición absoluta para vehículos pesados en ambos sentidos, sin ningún tipo de excepción para transportadores, tal como ilustra el documento.
Adicionalmente, se conoció que ciertos tramos de alta congestión tendrán un horario extendido que se prolongará hasta la madrugada del martes 30 de junio de 2026. Específicamente, en las vías Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué e Ibagué – Cajamarca – Calarcá – La Tebaida – La Paila, los controles irán de largo. En estos puntos críticos, la restricción para el transporte de carga pesada iniciará el lunes desde las 08:00 de la mañana y finalizará a las 01:00 horas del martes. Esta ampliación horaria busca mitigar el tradicional embotellamiento que se produce durante las últimas horas del plan retorno, según indica.
A pesar de la rigurosidad de la medida, el Gobierno Nacional ha dejado en claro que existen importantes excepciones contempladas dentro de la normativa legal vigente. Los camiones que transporten productos de primera necesidad, cuya carga corresponda al menos al 80% de su peso total, podrán transitar con normalidad. Entre estos elementos se encuentran alimentos perecederos como huevos, leche, carnes, frutas y verduras, así como también periódicos del día y ganado de lidia. También se autoriza el paso de maquinaria destinada a la atención de emergencias viales u oleoductos nacionales, tal como se especifica detalladamente.
Finalmente, la resolución exime del cumplimiento de estos horarios a los vehículos que transporten insumos médicos vitales, sin importar el porcentaje de ocupación de su capacidad. Esto cobija al oxígeno medicinal en estado gaseoso o líquido, debidamente identificado en cilindros o tanques criogénicos bajo las normas técnicas internacionales. Los carrotanques cargados con combustibles esenciales como gasolina, ACPM, Biodiesel, gas licuado de petróleo y gas natural comprimido también contarán con total libertad de movimiento. La Superintendencia de Transporte y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) recordaron que toda esta información se encuentra sujeta a cambios imprevistos por orden público, concluye.






