El mandatario local Hurtado perdió la apelación en el Tribunal Administrativo del Tolima y le ordenaron a acatar la decisión de primera instancia para que retire el letrero que hace referencia a la actual administración municipal.
En un plazo de 30 días la administración municipal debe retirar letrero porque según el fallo que profirió el Tribunal Administrativo del Tolima, resa que el concejo municipal en ejercicio de sus funciones, aprobara el plan de desarrollo en un documento en el que se plasma es un encabezado el signo distintivo de la administración, no autorizan me habilita la misma para que lo colocara de manera indiscriminada, sin el lleno de los requisitos que exige la ley, en las obras públicas construidas y en construcción del municipio de Ibagué”.
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Frente a esta situación el tribunal le negó la solicitud de apelación por parte del apoderado del municipio y agrega, ” tanto luego como el texto, conjunta o individualmente considerados, constituyen un signo distintivo del alcalde Ibagué, Andrés Fabián Hurtado Barrera, el cual no está autorizado por la ley para que esté plasmado o adherido a una obra pública”.
Hay que recordar la alcaldía y el IMDRI apelaron la decisión del juez sexto administrativo donde aseguraron que este no representaba alguna placa o leyenda que haga referencia a la perpetuidad del nombre de un funcionario en la obra, pues argumentan que Ibagué es reconocida como la capital musical de Colombia y que el mismo letrero hace una estrecha relación en calidad al título que ostenta.
Finalmente, se espera que la administración ejecute la orden impartida por el juez y retiren en los próximos días definitivamente el letrero de “Ibagué Vibra”, que en la actualidad se encuentra ubicado por la fachada queda de cara sobre la carrera cuarta ferrocarril con calle 42.