La Juez Silvia Liliana Buitrago ordenó cinco días de detención domiciliaria y una multa económica contra Ángel María Gómez tras incumplir una sentencia de tutela emitida en agosto de 2025.
Un despacho judicial de la ciudad de Ibagué ha tomado una medida drástica contra la administración municipal al declarar oficialmente un incidente de desacato. La decisión afecta directamente a Ángel María Gómez, quien se desempeña actualmente como Secretario de Hacienda Municipal de la capital del Tolima.
Según el documento, el funcionario incurrió en desobediencia frente a las órdenes de protección impartidas en una sentencia de tutela previa. Esta sentencia original había sido proferida el pasado 25 de agosto de 2025, buscando garantizar derechos fundamentales vulnerados. Ante la falta de cumplimiento de lo ordenado por la ley, la justicia ha procedido con la sanción correspondiente. La autoridad judicial busca con esto asegurar el respeto por las garantías constitucionales de los ciudadanos accionantes.
Como consecuencia de este fallo, la juez resolvió sancionar a Gómez con una medida de arresto domiciliario por el término de cinco días. Adicionalmente, el funcionario deberá pagar una multa equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes por su conducta omisiva. El cumplimiento de la detención será supervisado y efectuado por intermedio de la Policía de la ciudad de Ibagué.
No obstante, la ejecución de dicha orden se hará efectiva una vez la sanción sea confirmada a través de consulta. El dinero de la multa será recaudado por el Consejo Superior de la Judicatura bajo la normativa penal. Los recursos deberán ser consignados en una cuenta específica del Banco Agrario destinada para este tipo de recaudos.
La providencia aclara de manera contundente que el agotamiento de este trámite de desacato no releva al funcionario del cumplimiento del fallo. Es decir, el Secretario de Hacienda sigue obligado a realizar las acciones que la tutela original le ordenó desde agosto. Además, el documento señala que este proceso no excluye a Gómez de enfrentar una eventual responsabilidad penal por su rebeldía.
La competencia del juez de tutela se mantendrá vigente hasta que el derecho vulnerado esté plenamente restablecido en el caso. Lo anterior se fundamenta en el Decreto 2591 de 1991, que busca eliminar las causas de la amenaza constitucional. La justicia recalca que la protección de los derechos no termina simplemente con la imposición de una multa.
Finalmente, el documento judicial indica que contra esta decisión específica no procede recurso alguno por parte de la defensa del sancionado. Sin embargo, el proceso debe surtir el grado jurisdiccional de consulta ante el superior jerárquico de la Juez Buitrago Burgos. Esta revisión es un paso obligatorio antes de que el Secretario deba ser recluido en su lugar de residencia.
El auto, firmado por la Juez Silvia Liliana Buitrago Burgos, finaliza con la orden perentoria de notificación y cumplimiento inmediato. El caso pone de manifiesto la tensión entre la administración local y las órdenes judiciales en materia de derechos fundamentales. Se espera que en los próximos días se confirme la fecha exacta en que iniciará la sanción.




