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Concejo de Ibagué frena elección del contralor tras orden judicial

byLaOtraVerdad
27 septiembre, 2025
inActualidad, Política, Portada, Región
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Concejo de Ibagué frena elección del contralor tras orden judicial
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El Juzgado Doce Administrativo Mixto del Circuito suspendió el proceso de elección del contralor 2026–2029 tras determinar que el Concejo Municipal incumplió la Ley 1437 de 2011 al omitir los mecanismos de participación ciudadana en la convocatoria.

El proceso de elección del contralor o contralora municipal de Ibagué para el periodo 2026–2029 quedó suspendido de manera inmediata por orden judicial. La decisión fue adoptada por el Juzgado Doce Administrativo Mixto del Circuito, en respuesta a una demanda que advertía serias fallas en el procedimiento adelantado por el Concejo Municipal. Con ello, se frena temporalmente una de las elecciones más relevantes para el control fiscal de la ciudad.

La acción judicial fue interpuesta por el ciudadano David Tarra Buriticá, quien acudió a un medio de control de Cumplimiento de Normas. En su escrito, señaló que la Resolución No. 245 de 2025, mediante la cual se reglamentó la convocatoria, no cumplió con las disposiciones legales vigentes. Según el demandante, el acto administrativo vulneró principios de publicidad y transparencia al no permitir que los ciudadanos pudieran participar en el proceso previo a su aprobación.

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El juzgado respaldó los argumentos del demandante y precisó que el Concejo de Ibagué incumplió lo establecido en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011. Esta disposición obliga a las entidades públicas a publicar previamente las resoluciones de carácter general para que la ciudadanía presente observaciones, propuestas o reparos. En este caso, la corporación omitió este procedimiento básico que garantiza la intervención ciudadana.

La Resolución No. 245 de 2025, que contenía el cronograma y la reglamentación de la elección, se expidió sin abrir un canal de discusión pública. Para el juzgado, dicha omisión constituye una vulneración al derecho colectivo de participación y control social. Al no dar a conocer el documento con antelación, se restringió la posibilidad de que la comunidad conociera y cuestionara aspectos del proceso, generando un déficit de transparencia institucional.

Ante la determinación, el presidente del Concejo Municipal, Camilo Acevedo, manifestó en diálogo con Ecos del Combeima que la corporación acata la decisión judicial. Reconoció además que la suspensión representa una oportunidad para fortalecer el proceso. “Me parece una discusión sana y pertinente que se amplíen las condiciones de transparencia de la elección”, aseguró el cabildante, al tiempo que indicó que se trabajará en corregir las fallas señaladas.

La sentencia judicial no solo ordena detener la convocatoria, sino también publicar de manera inmediata el texto completo de la Resolución 245 en la página web oficial del Concejo. De esta forma, los ciudadanos podrán acceder al documento, analizarlo y presentar comentarios, observaciones o propuestas. Dichos aportes deberán ser evaluados por la corporación antes de reactivar el proceso de elección del contralor municipal.

El juzgado advirtió que la elección solo podrá continuar una vez se cumpla con el periodo de participación ciudadana y se dé respuesta efectiva a las inquietudes planteadas. Cualquier reanudación sin este requisito será considerada nula de pleno derecho. La advertencia busca blindar la transparencia del proceso y evitar que se repitan irregularidades que vulneren principios de legalidad y participación.

Con esta medida, la justicia lanza un mensaje claro al Concejo Municipal sobre la importancia de respetar la normativa. La elección del contralor, figura clave en la vigilancia de los recursos públicos, no puede adelantarse sin garantizar un procedimiento abierto, democrático y con control social. El fallo resalta que la transparencia no es un simple formalismo, sino un deber ineludible en los actos administrativos.

El proceso, que debía avanzar en los próximos meses, se convierte ahora en un reto jurídico y político para el Concejo. Deberá ajustar sus prácticas para que el nuevo cronograma cumpla con los principios de participación ciudadana. Asimismo, el fallo constituye un precedente para futuras convocatorias de la corporación, que estará obligada a ser más rigurosa en la publicación de actos administrativos de interés general.

La suspensión deja en evidencia las tensiones entre los procedimientos administrativos locales y las exigencias legales de participación. Para los ciudadanos, la decisión del juzgado representa una victoria en la defensa de los derechos colectivos. Para el Concejo, en cambio, supone un llamado de atención que obliga a revisar sus procedimientos internos y garantizar que los próximos pasos se desarrollen bajo un estricto marco de legalidad y transparencia.

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