La decisión del Tribunal deja sin efecto la anterior determinación de la magistrada Cristina Yepes, quien había levantado la sanción por considerar que se habían vulnerado los derechos de Hurtado a la defensa y el debido proceso.
Andrés Hurtado explicó ante los medios que acatará esta nueva determinación judicial y subrayó su compromiso con el cumplimiento de las órdenes judiciales. Afirmó que continuará trabajando para afrontar los desafíos y adversidades que se presenten durante su mandato.
El Tribunal Superior de Ibagué justificó su decisión al afirmar que tanto el alcalde Hurtado como el secretario de Desarrollo Rural, Daniel Jaramillo, fueron debidamente notificados de las disposiciones legales. Además, el Tribunal señaló que los acusados no lograron demostrar el cumplimiento de la orden de desacato a lo largo del proceso judicial.
La raíz del conflicto se encuentra en la falta de construcción de un puente peatonal en el corregimiento de San Bernardo, lo que llevó a una sentencia de desacato por parte de la Corte Constitucional. La Procuraduría General de la Nación también había iniciado una investigación en relación con este caso.
Esta confirmación del arresto domiciliario resalta la importancia de acatar las decisiones judiciales y destaca la necesidad de responsabilidad por parte de las autoridades para cumplir con las órdenes y disposiciones legales. El caso de Andrés Hurtado pone en evidencia las consecuencias legales que pueden derivar del incumplimiento de las sentencias judiciales en Colombia.