El Consejo de Estado confirmó la suspensión provisional de Juan Carlos Florián, ministro de Igualdad y Equidad, tras determinar que su nombramiento vulneró la Ley de Cuotas. El alto tribunal consideró que la designación afectó la participación mínima de mujeres exigida en los altos cargos del Estado, manteniendo así la medida cautelar adoptada por el Tribunal de Cundinamarca.
El Consejo de Estado ratificó este 1 de noviembre la suspensión provisional del ministro de Igualdad y Equidad, Juan Carlos Florián Silva, al concluir que su nombramiento violó la Ley de Cuotas, que exige que al menos el 50% de los ministerios sean ocupados por mujeres. La decisión mantiene en firme el fallo emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el pasado 15 de septiembre.
Según el alto tribunal, la designación de Florián redujo la representación femenina en el gabinete presidencial por debajo del umbral legal, vulnerando el principio de equidad en la administración pública. El Consejo de Estado recordó que la Ley 581 de 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024, obliga al presidente de la República a garantizar una participación igualitaria de mujeres y hombres en los cargos de máximo nivel decisorio.
Durante el proceso judicial, el ministro Florián argumentó que su identidad de “género fluido, no hegemónico” debía ser considerada dentro del marco de la ley. Sin embargo, el alto tribunal rechazó esa interpretación al señalar que la norma establece su aplicación con base en el sexo biológico y no en la identidad de género, reafirmando el carácter jurídico y administrativo del concepto de “mujer” dentro de la Ley de Cuotas.
El fallo precisó que “clasificarlo como mujer tampoco sería apropiado, dado que la ley protege la participación de la mujer bajo conceptos de sexo y género relacionados con características biológicas y fisiológicas al momento del nacimiento”. Así, la corporación judicial enfatizó que la inclusión de enfoques de diversidad de género no puede desvirtuar los mecanismos legales de paridad establecidos por el legislador.
Por su parte, la defensa del ministro y de la Presidencia de la República alegó que la supuesta irregularidad ya había sido subsanada tras la renuncia temporal de Florián y los ajustes ministeriales realizados en septiembre, cuando se nombró a Gloria Patricia Perdomo como ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). No obstante, el Consejo de Estado desestimó dicho argumento.
El tribunal sostuvo que las modificaciones posteriores al acto administrativo original no eliminan la irregularidad que motivó la demanda. “Los argumentos de los apoderados del demandado y de la Presidencia de la República no prosperaron; se confirmará el auto del 15 de septiembre de 2025”, estableció el fallo. La medida mantiene suspendidos los efectos del nombramiento de Florián en el Ministerio de Igualdad.
Cabe recordar que el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) había expedido el Decreto 1012 del 21 de septiembre, mediante el cual se restableció el nombramiento del ministro pese a la suspensión vigente, lo que generó nuevas críticas por aparente desacato a una decisión judicial.
Con esta determinación, el Consejo de Estado reafirma la obligatoriedad de la Ley de Cuotas como garantía del principio constitucional de igualdad. El fallo también envía un mensaje contundente al Gobierno Nacional sobre la importancia de promover una verdadera paridad de género en los altos cargos del Estado, evitando interpretaciones que puedan debilitar los avances alcanzados en materia de equidad.









