El alto tribunal eliminó una norma que permitía que los entes territoriales adelantaran consultas al pueblo para definir el futuro de proyectos turísticos y de minería que cambiarán significativamente el uso del suelo. La votación fue unánime
Este miércoles, ambientalistas y ONG perdieron la batalla que emprendieron en la Corte Constitucional para devolverle el poder de veto que tenían las consultas populares en las regiones a los proyectos de minería e hidrocarburos. Por unanimidad, los magistrados del alto tribunal tumbaron el artículo 33 de la norma que establece las reglas de funcionamiento de los municipios (Ley 36 de 1994).
Allí se establecía que cuando el desarrollo de proyectos de naturaleza turística, minera o de otro tipo, amenace con crear un cambio significativo en el uso del suelo, que de lugar a una transformación en las actividades tradicionales de un municipio, se deberá realizar una consulta popular de conformidad con la ley. Al declararla inexequible el alto tribunal deja en firme la postura manifestada en su sentencia de tutela de octubre del 2018, que echó para abajo los efectos de una consulta realizada en Cumaral (Meta).
En dicha consulta, la ciudadanía pretendió bloquear el desarrollo de un proyecto de extracción petrolífera que pretendía adelantar allí la compañía Mansarovar Energy. El llamado al pueblo contó con el aval del Concejo Municipal y del Tribunal Administrativo del Meta. Hoy se desarrollará a lo largo del país una movilización en rechazo a la crisis del Río Cauca y los líderes sociales asesinados.