Según la Comisión, Jaramillo está inhabilitado para ejercer el cargo debido a diferentes criterios y jurisprudencias que establecen que la inhabilidad exige que el empleado haya ejercido autoridad en el respectivo departamento, ya sea a nivel municipal, departamental o nacional.
Esta determinación se originó tras la consulta jurídica realizada desde la nominación y posesión de Guillermo Alfonso Jaramillo como Ministro de Salud el 1 de mayo. El director jurídico de la Comisión Nacional del Servicio Civil, junto con un grupo de juristas, ha estado analizando detenidamente la Ley 2200 de 2022, específicamente el numeral 6 del artículo 111, que se aplicará por primera vez en un proceso electoral tradicional.
Uno de los requisitos establecidos en la norma es que el Ministro debe haber ejercido como autoridad civil, política, administrativa o militar durante el año anterior a las elecciones del 29 de octubre. En el caso de Guillermo Alfonso Jaramillo, este requisito se cumple ya que asumió el cargo en mayo pasado. Sin embargo, surge una discrepancia en cuanto al alcance territorial de la autoridad ejercida.
Mientras algunos interpretan que la autoridad debe haberse ejercido exclusivamente dentro del ámbito departamental, la Función Pública establece que la autoridad con efectos en el departamento puede tener origen municipal, departamental y nacional. Esta diferencia de interpretación ha generado debate entre los juristas y especialistas involucrados en el análisis de la norma.
En caso de que Mauricio Jaramillo decida inscribirse como candidato a pesar de la inhabilidad, se activará un proceso de verificación. La Procuraduría cuenta con una dependencia encargada de determinar de oficio si un candidato está inhabilitado, y luego se remite esa lista al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que evalúe la revocatoria de la inscripción.
Además de las implicaciones individuales, también podría haber consecuencias para el partido político al que pertenezca Jaramillo. Si el partido tiene conocimiento de la inhabilidad del candidato y, a pesar de ello, decide inscribirlo, podrían enfrentar sanciones e incluso perder la personería jurídica, lo que les impediría presentar candidatos a la Gobernación durante los próximos cuatro años.
Finalmente, con esta determinación de la Comisión Nacional del Servicio Civil, se clarifica el panorama de las próximas elecciones para la Gobernación del Tolima y se establecen los límites legales en cuanto a la postulación de Mauricio Jaramillo Martínez, quien queda inhabilitado para participar en la contienda electoral. El caso ha generado interés en el ámbito jurídico y político, pues es la primera vez que se aplica la norma correspondiente en un proceso electoral tradicional.