El Auto No. 01328 del 30 de julio de 2025 formula seis cargos contra el Consorcio Puente Carrera Quinta por presunto incumplimiento en el pago de salarios, prestaciones y aportes a pensión a varios extrabajadores; la investigación involucra a BGDSA S.A.S., Mineros e Ingenieros S.A.S., Olaguer Agudelo Prieto y Megaobras Infraestructuras S.A.S.
El Ministerio del Trabajo abrió un proceso administrativo sancionatorio contra el Consorcio Puente Carrera Quinta —encargado de la obra del puente elevado en la calle 60 con carrera Quinta de Ibagué— por presuntas irregularidades en el pago de salarios, prestaciones, vacaciones, cesantías, intereses y aportes a pensión a varios extrabajadores. El Auto No. 01328, fechado el 30 de julio de 2025, formaliza seis cargos contra las empresas que integran el consorcio.
Las empresas señaladas en la investigación son BGDSA S.A.S., Mineros e Ingenieros S.A.S., Olaguer Agudelo Prieto y Megaobras Infraestructuras S.A.S. El Ministerio señala falta de pago de salarios, vacaciones, cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios y aportes a pensión, hechos que motivaron la apertura del procedimiento sancionatorio.
Entre los reclamantes figuran María Angélica Tinoco, Laura Alejandra Useche, Jaime Barragán, Didier Arango y Alexander Canizales, quienes aseguran que desde septiembre de 2023 no han recibido las prestaciones ni los pagos adeudados, pese a la terminación de sus contratos por suspensión de obras, renuncias o despidos. Estas denuncias fueron la base para que el Ministerio iniciara las actuaciones formales.
Según consta en el expediente, el consorcio fue requerido en varias ocasiones para presentar soportes de pago y liquidaciones, pero no respondió a los requerimientos. Además, la entidad citó a los representantes legales de las empresas para rendir declaración en la etapa preliminar y ninguno compareció, lo que agravó la situación administrativa.
La Alcaldía de Ibagué, que ejerce la supervisión técnica del contrato de obra, aclaró que no mantiene vínculo laboral con los denunciantes y que la responsabilidad en materia laboral recae en el contratista. No obstante, recordó que la supervisión busca garantizar la correcta ejecución del contrato y la protección de los trabajadores.
El Ministerio advirtió que uno de los integrantes del consorcio, Olaguer Agudelo Prieto, se encuentra en proceso de reorganización empresarial por insolvencia, lo cual podría dificultar y demorar la efectividad de los pagos. Pese a ello, la normativa laboral establece responsabilidad solidaria entre los socios del consorcio frente a las obligaciones laborales.
Megaobras Infraestructuras S.A.S. intentó desligarse del caso alegando ausencia de relación laboral directa con los reclamantes; sin embargo, el Ministerio reafirmó que, jurídicamente, la condición de socio en el consorcio no exime de responsabilidad en caso de deudas laborales. La investigación seguirá aclarando roles y responsabilidades.
De comprobarse las violaciones denunciadas, el consorcio podría enfrentar sanciones económicas severas: multas de hasta 5.000 salarios mínimos legales vigentes por cada infracción, cifra que el Ministerio estimó en torno a los $6.500 millones, según los cálculos incluidos en el Auto. Además, se activarían mecanismos para garantizar el pago de los créditos laborales.
El caso pone en evidencia la difícil situación de decenas de trabajadores ligados a una de las obras más controversiales de Ibagué, quienes, según sus denuncias, quedaron sin salario, sin prestaciones y sin certeza sobre la liquidación de sus derechos laborales tras la suspensión de actividades. Organizaciones y representantes laborales han pedido celeridad en las actuaciones.
Mientras avanza el proceso administrativo sancionatorio, el Ministerio del Trabajo anunció que continuará recabando pruebas, practicando notificaciones y garantizando a las víctimas el derecho a ser escuchadas. Los afectados esperan que la actuación derive en el pago efectivo de lo adeudado y en medidas que eviten la repetición de situaciones similares en futuros contratos públicos.