El Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué declaró en desacato a Diego Alberto Polo Paredes, vicerrector de Desarrollo Humano de la Universidad del Tolima, por incumplir medidas de protección ordenadas a favor de una docente que denunció violencia laboral y discriminación de género.
El Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué declaró en desacato a Diego Alberto Polo Paredes, actual vicerrector de Desarrollo Humano y coordinador de la Unidad de Género de la Universidad del Tolima, por no cumplir las medidas de protección dictadas en una acción de tutela presentada por la docente Inés Yohanna Pinzón. La decisión judicial se produjo tras comprobarse que las órdenes impartidas por el Tribunal Superior de Ibagué el pasado 30 de julio no fueron ejecutadas.
En el fallo, el despacho recordó que Polo Paredes, en su doble condición de directivo y coordinador de la Unidad de Género, tenía la obligación de garantizar la protección integral de la víctima y de ejecutar las medidas ordenadas por la justicia. Sin embargo, el Tribunal concluyó que el funcionario desatendió dichas disposiciones, configurando un desacato a la autoridad judicial.
El Tribunal resolvió imponerle una sanción de dos días de arresto y el pago de una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. La medida será ejecutada por la Policía Metropolitana de Ibagué una vez la sanción sea confirmada en consulta, de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley.
“La Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué evidenció incumplimiento frente a las órdenes de protección impartidas en favor de la docente, lo cual constituye desacato conforme al Decreto 2591 de 1991”, señala textualmente el documento judicial conocido por este medio.

La providencia también resalta que los servidores públicos están obligados a acatar sin dilaciones las decisiones judiciales, especialmente en casos de violencia laboral o discriminación basada en género, advirtiendo que el desacato constituye una falta grave que vulnera los derechos fundamentales de las víctimas.
De acuerdo con el fallo, la Universidad del Tolima deberá garantizar el cumplimiento inmediato de las medidas de protección y asegurar que la docente reciba acompañamiento institucional efectivo, tal como lo ordenó el Tribunal en su sentencia inicial.
Hasta el momento, la Universidad del Tolima no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre la sanción impuesta a uno de sus altos funcionarios. Se espera que en los próximos días la institución se refiera al cumplimiento de la orden judicial y a las acciones que implementará para evitar nuevos episodios de incumplimiento.
El caso ha generado debate en el ámbito universitario y jurídico, pues se considera un precedente en la aplicación de sanciones por desacato en contextos de violencia laboral y de género dentro de instituciones públicas de educación superior.











