Carolina Mora, diputada del barretismo, presentó una ordenanza para limitar las críticas hacia la gobernadora Adriana Matiz y otras funcionarias afines, iniciativa que ha sido calificada como un atentado contra la libertad de expresión. La Corte Constitucional y organismos internacionales han reiterado que los servidores públicos deben estar abiertos al escrutinio ciudadano y mediático.
Una fuerte polémica se desató en el Tolima tras conocerse que la diputada Carolina Mora, perteneciente al grupo político de Óscar Barreto, radicó una ordenanza que busca al parecer, prohibir críticas ciudadanas a la gobernadora Adriana Matiz y a cualquier mujer vinculada con su administración. La propuesta, aprobada en primer debate por cuatro diputados barretistas, ha sido calificada por diversos sectores como un intento claro de censura.
La iniciativa fue presentada bajo un discurso de defensa de género, asegurando que las críticas a la mandataria departamental se deben a su condición de mujer. Sin embargo, opositores y organizaciones defensoras de la libertad de prensa aseguran que se trata de una estrategia para blindar políticamente a Matiz de cualquier cuestionamiento por su gestión.
Según la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, los funcionarios públicos “han aceptado el riesgo de ser afectados por críticas, opiniones o revelaciones adversas (…), lo cual fomenta la transparencia y la responsabilidad sobre su gestión”. Por ello, resulta inadmisible que se intente limitar el debate público en torno a la administración departamental.
Además, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH ha subrayado que “el control democrático de la gestión pública, a través de la opinión pública, fomenta la transparencia del Estado y la participación ciudadana más amplia”. Cualquier limitante a este control pone en riesgo principios esenciales de una democracia.
Carolina Mora es hija del exconcejal Pedro Mora, conocido aliado del grupo político de los “trillizos” y del exalcalde Andrés Hurtado. Esta relación política ha despertado sospechas sobre los verdaderos fines de la ordenanza, que parece más orientada a proteger intereses particulares que a defender los derechos de las mujeres.
Incluso, Óscar Barreto, exgobernador del Tolima, hoy senador por el Partido Conservador, uno de los senadores más ricos de Colombia y también señalado de tener inasistencias en las sesiones en el congreso de la república; en el pasado a través de sus columnas de opinión ha manifestado abiertamente que en Colombia se debería promulgar una ley que regule las redes sociales donde se registren opiniones, y la información que transita o se comparten ella en contra de los gobernantesde turno o líderespolíticos, siendo esto también un claro indicio de querer controlar la libertad de expresión de las personas que son activistas, veedores u opositores, desde este escenario.
Organizaciones civiles y medios independientes han manifestado su preocupación por este tipo de iniciativas, señalando que abren la puerta a una peligrosa criminalización de la crítica, especialmente cuando proviene de la ciudadanía o la prensa local.
Expertos en derecho constitucional también han advertido que este tipo de normas son inconstitucionales y vulneran el artículo 20 de la Constitución Política de Colombia, que protege la libertad de expresión y de prensa, así como el derecho a recibir información veraz e imparcial.
En una sociedad democrática, el escrutinio público es vital para el buen funcionamiento de las instituciones. Blindar a las autoridades frente a la crítica no solo es antidemocrático, sino que atenta directamente contra la transparencia, la participación ciudadana y el ejercicio periodístico.