La Concejal Paula Andrea Puentes Cárdenas presentó una Acción de Cumplimiento ante el Juzgado Administrativo de Ibagué, reclamando el cumplimiento del Acuerdo Municipal 07 de 2022. La medida busca garantizar la escrituración y ejecución de obras de urbanismo para beneficiar a 118 familias de la Urbanización San Pablo en Alvarado, Tolima.
Una Acción de Cumplimiento fue interpuesta contra el Municipio de Alvarado por el presunto incumplimiento del Acuerdo Municipal 07 de 2022, que ordena la escrituración de predios y la ejecución de obras de urbanismo en la Urbanización San Pablo. La acción legal fue presentada por la Concejal Paula Andrea Puentes Cárdenas ante el Juzgado Administrativo del Circuito de Ibagué.
La demanda invoca el artículo 87 de la Constitución Política de Colombia, que faculta a cualquier ciudadano a solicitar judicialmente el cumplimiento de normas con fuerza material de ley. En este caso, se argumenta que el municipio ha desatendido de manera reiterada sus obligaciones frente al acuerdo aprobado por el Concejo Municipal.
Según la acción legal, los artículos primero, segundo y tercero del Acuerdo 07 han sido ignorados por la administración municipal. De manera particular, el artículo segundo autorizaba al alcalde a actualizar las resoluciones de asignación de subsidios con información registral completa y legalizar los predios como patrimonio de familia.
El artículo tercero del acuerdo establecía un plazo de tres meses para la escrituración y entrega de los lotes con las respectivas obras de urbanismo y servicios públicos como agua potable, energía eléctrica y gas domiciliario. Sin embargo, más de un año después de su aprobación, estas acciones no se han materializado.
La Concejal Puentes Cárdenas argumenta que los 118 beneficiarios del programa aún no han sido citados a ninguna notaría para firmar los documentos de propiedad. Esta situación impide el registro formal de los títulos, generando incertidumbre jurídica y vulnerabilidad social para las familias involucradas.
Además, la acción denuncia que las obras de urbanismo en la Urbanización San Pablo son prácticamente inexistentes. No hay redes de acueducto ni alcantarillado, tampoco se han habilitado vías de acceso ni se han tramitado las respectivas licencias de construcción.
Como medidas concretas, la demandante solicita que el Juzgado ordene al alcalde Henry Julián Ramírez Álvarez iniciar de forma inmediata el proceso de escrituración, con un plazo máximo de un mes. Igualmente, se solicita que en un término de dos meses se finalicen las obras de urbanismo y se garantice la prestación de todos los servicios públicos domiciliarios.
La Acción de Cumplimiento también pretende que el juzgado imponga medidas coercitivas si se detecta desobediencia administrativa, en aras de hacer efectivo el derecho fundamental a una vivienda digna y legalmente reconocida para las familias afectadas.
El caso ahora está en manos del Juzgado Administrativo del Circuito de Ibagué, que deberá evaluar la viabilidad jurídica de imponer órdenes de cumplimiento al Municipio de Alvarado. La decisión podría sentar un precedente importante sobre la responsabilidad legal de los entes territoriales frente a los compromisos adquiridos mediante acuerdos municipales.