«La controversia se originó el 15 de octubre, cuando el Ministerio de Cultura ordenó retirar elementos de las salas Memoria y Nación y Hacer sociedad, que documentaban distintos procesos sociales y políticos de Colombia.»
El Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella deberá responder ante la justicia por el retiro de piezas del Museo Nacional de Colombia, luego de que el Juzgado 24 de Familia de Bogotá admitiera una acción de tutela este lunes 19 de octubre y ordenara medidas provisionales para proteger los elementos retirados de las exposiciones.
Entre los objetos retirados se encuentran elementos relacionados con el movimiento feminista, las comunidades LGBTIQ+, la izquierda política, los procesos de paz y la historia democrática del país. Entre ellos figuran una bandera del orgullo LGBTIQ+, materiales sobre las luchas por los derechos de las mujeres, un tarjetón de la Séptima Papeleta y un bolígrafo elaborado con una bala, asociado con la firma del Acuerdo de Paz de 2016.
La decisión judicial establece que el Museo Nacional debe entregar, dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la providencia, un informe detallado que incluya el listado completo de las piezas retiradas, su ubicación actual, su estado de conservación y la autoridad o dependencia que dispuso cada retiro. La medida también cobija el microperforado retirado del jardín conmemorativo de Miguel Ángel Díaz, dirigente sindical, desaparecido forzosamente en septiembre de 1984 por la actuación de agentes estatales y paramilitares.
El juez César Enrique Osorio ordenó que todas las piezas permanezcan bajo condiciones técnicas adecuadas de custodia y conservación mientras se resuelve de fondo la acción constitucional. En consecuencia, el museo deberá abstenerse de destruirlas, alterarlas, darlas de baja, trasladarlas fuera de sus instalaciones o devolverlas a terceros.
La providencia también establece que no podrán retirarse, desmontarse o intervenirse nuevas piezas de las exposiciones del Museo Nacional, por razón de su contenido sin que existan actos administrativos que justifiquen esas decisiones.
Además, la institución deberá preservar los inventarios, registros de movimiento, guiones museográficos, actas, correos electrónicos y demás documentos relacionados con los retiros. El despacho judicial, también solicitó, información sobre los actos administrativos que respaldaron tanto la exhibición de las piezas como las decisiones que condujeron a su retiro del Museo más importante del país.


