El Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Ibagué concedió una medida provisional dentro de una acción de tutela y ordenó suspender temporalmente los efectos de las resoluciones emitidas por la Superintendencia de Transporte contra Diego Alonso Amaya Montejo. La decisión estará vigente mientras el exgerente acude a la jurisdicción contencioso administrativa para controvertir las actuaciones.
Un fallo del Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Ibagué marcó un nuevo capítulo en el proceso administrativo relacionado con la Cooperativa de Transportes Velotax Ltda. La decisión judicial ordenó suspender provisionalmente las sanciones impuestas por la Superintendencia de Transporte a Diego Alonso Amaya Montejo, al considerar que existen elementos que ameritan la protección transitoria de sus derechos mientras se resuelve el litigio de fondo.
La sentencia, firmada por la jueza Diana Carolina Méndez Bernal, establece que quedan suspendidos temporalmente los efectos de las resoluciones expedidas por la SuperTransporte en marzo y junio de 2026. La medida permanecerá vigente mientras el accionante presenta y tramita la correspondiente demanda ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
De acuerdo con el fallo, la protección fue concedida como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio que podría resultar irreparable. El despacho judicial precisó que la suspensión no significa una decisión definitiva sobre la legalidad de los actos administrativos, sino una medida preventiva mientras se desarrolla el proceso judicial competente.
En la acción de tutela, Diego Alonso Amaya Montejo argumentó que únicamente ejerció como gerente principal de Velotax durante poco más de un mes. Asimismo, sostuvo que no integraba la administración de la cooperativa cuando ocurrieron los hechos que posteriormente dieron origen a la actuación administrativa adelantada por la Superintendencia de Transporte.
El exdirectivo también manifestó que las resoluciones expedidas por la autoridad de transporte vulneraban derechos fundamentales como el debido proceso, la defensa, el trabajo, el mínimo vital y la igualdad. En consecuencia, solicitó que los efectos de las decisiones administrativas fueran suspendidos mientras la controversia es analizada por el juez natural competente.
Dentro de la parte resolutiva, el despacho judicial ordenó a la Superintendencia de Transporte suspender los efectos de las resoluciones que impusieron las medidas administrativas contra Amaya Montejo. Además, fijó un plazo de cuatro meses para que el accionante presente la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso administrativa.
La providencia advierte que, si la demanda no es presentada dentro del término establecido o no se acredita el cumplimiento de ese requisito, cesarán los efectos de la medida provisional. De esta manera, el fallo condiciona la continuidad del amparo al inicio oportuno del proceso judicial correspondiente.
Con esta determinación, el caso Velotax entra en una nueva etapa jurídica que será definida por la jurisdicción contencioso administrativa. Mientras tanto, las sanciones impuestas contra el exgerente permanecerán suspendidas, a la espera de una decisión definitiva sobre la legalidad de las actuaciones adelantadas por la Superintendencia de Transporte.





